El nuevo Código Civil, aprobado el 1 de octubre. Estructura su punto de vista sobre algunos valores guía resumidos en bloques como la constitucionalización del derecho privado, los códigos de la igualdad basados en la no discriminación, los derechos individuales y colectivos, un nuevo paradigma en materia de bienes, códigos para una sociedad multicultural y para la seguridad jurídica en las transacciones comerciales.
En relación con la salud, propone cambios en la capacidad de los menores de consentir actos médicos y para decidir sobre su propio cuerpo; prohíbe realizar acciones sobre la anatomía que disminuyan la integridad o sean contrarios a la ley así como la alteración genética de embriones; establece pautas sobre investigaciones médicas en seres humanos; destaca la obligatoriedad del consentimiento informado tanto para intervenciones médicas como para estudios; prevé las directivas anticipadas, el derecho a rechazar tratamientos por parte de los enfermos terminales y por último destaca el consentimiento y la voluntad procreacional para las técnicas de fertilización asistida.
En el sitio DocSalud.com desglosó cada uno de ellos y solicitó a abogados expertos en Bioética y en Derecho de Familia, así como también a médicos especialistas, que brinden su opinión sobre qué aspectos quedaron bien definidos, qué otros necesitan más debate y cuáles son terrenos de las leyes especiales. A continuación el sitio de la publicación.
Codigo Civil Argentino:
No hay comentarios:
Publicar un comentario